Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se declara Nulo y sin Efecto el acto de comparecencia celebrado el día 14/11/2.005 (folio 20) y todos los actos subsiguientes y se Repone la Causa al estado de que se celebre nuevamente el acto de comparecencia personal del ciudadano Pacífico Ramón Fuentes a los fines previstos en el artículo 185-A del Código Civil, en el cual deberá estar asistido de un profesional del derecho.
Segundo: Con Lugar, la apelación interpuesta en fecha 15/02/2.006, por el abogado Rafael Guerrero Salinas, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Gladys del Carmen Falcón, contra la sentencia dictada en fecha 14/02/2.006 por el .....