Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado: Alexis Fernando Sanabria Ariza, titular de la cédula de identidad N° V- 16.227.965, por lo que se ORDENA SU LIBERTAD PLENA la cual se hará efectiva a partir del día Sábado 07 de Junio de 2008, fecha de extinción de la pena, de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 44.5. de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Líbrese la correspondiente boleta de Excarcelación y remítase con oficio al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Uribana), así como también copia de la presente decisión.
Regístrese, Publíquese, Ofícies.....