DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE intentó el abogado RAFAEL GUERRERO SALINAS actuando en su carácter de apoderado judicial de la firma mercantil DIVIALCA, C.A, en contra del ciudadano RÉGULO ANTONIO GIMÉNEZ RODRÍGUEZ, sobre un inmueble ubicado en el piso siete (7) distinguido con el número siete guión uno (7-1) el cual forma parte del inmueble denominado "MINICENTRO ARAURE", situado en la calle 6 frente a la Escuela General Páez, en el lugar conocido como Plan de la ciudad de Araure, Distrito Araure del estado Portuguesa.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Pro.....