D I S P O S I T I V A
En base a las consideraciones precedentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR LA DEMANDA DE ACCION DE REIVINDICACIÓN DE MUEBLES E INMUEBLES interpuesta por la ciudadana MARLENE LUCIA CASTELLANO GONZALEZ, actuando en su propio nombre y en nombre y representación de su hija quien para la oportunidad de interposición de la acción era una adolescente identificada como (identificación omitida por disposición de la Ley) , sobre los siguientes inmuebles: 1º una parcela ubicada en el sistema de riego Río Guanare, sector los canales, Nº 26, la cual tiene una superficie de 46 hectáreas, identificada con los siguientes linderos: Norte: Quebrada Las Piedras; Sur: Canal principal del sistema de r.....