DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Laboral del Estado Portuguesa, con Competencia para el Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Reclamación de Diferencia de Prestaciones Sociales incoada por el Ciudadano Antonio Alberto Chávez, contra Electricidad de Occidente C.A. (ELEOCCIDENTE), y en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar al actor los siguientes conceptos; Antigüedad de conformidad con el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, la cantidad de Bs. 10.237.690,92; por vacaciones fraccionada la cantidad de Bs. 295.980,oo; por el concepto de pago de los sábados y domingos la cantidad de Bs. 47.549.440,oo; por concepto de intereses sobre prestación de antigüedad la cantidad de Bs. 4.546.373,77; por intereses de mora la cantidad de Bs.21.493.413,18; y por .....