Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa - Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta:
PRIMERO: CON LUGAR la INTERDICCIÓN de la ciudadana INDIRA DEL CARMEN CAMPOS CHASTRES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad V.-14.347.251, solicitada por el ciudadano RAUL GREGORIO CAMPOS CHASTRES, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.844.339.-
SEGUNDO: Se nombra como Tutor Ordinario a su hermano, ciudadano RAUL GREGORIO CAMPOS CHASTRES, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.844.339.-
TERCERO: Conforme al artículo 736 del Código de Procedimiento Civil se acuerda consultar la presente decisión con el Juzgado Superior en lo Civil y Mercantil de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial.
Publíquese, regíst.....