Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22/05/2007, por el abogado Yván Castro López en su carácter de apoderado de la parte demandante, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 17/05/2007.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el auto dictado por el a quo en fecha 17/05/2007 que declaró: "...Motivo por el cual, procurando la estabilidad del juicio y corrigiendo las faltas que puedan anular los actos posteriores del proceso, es por lo que de conformi.....