DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DEL OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA , formulado por el ciudadano JOSE LUIS CABEZAS CRESPO en los términos por el señalados , de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se ordena el archivo del presente expediente.
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Boconoito a los 06 dias del mes de Agosto del año dos mil siete. Años: 1.....