DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación con efecto suspensivo interpuesto por la Abogada ALBIZABETH CHACÓN, en su condición de Fiscal Auxiliar Tercera del Ministerio Público del Segundo Circuito; SEGUNDO: Se declara CON LUGAR el referido recurso; TERCERO: Se CONFIRMA PARCIALMENTE la decisión dictada en fecha 30 de julio de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual calificó la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos CHEMAR ALBERTO JAIMES RAMOS y JHONNY XAVIER OCANTO RODRÍGUEZ, acogiéndose las precalificaciones jurídicas de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCUL.....