Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por los ciudadanos DAISI JOSEFINA SANCHEZ CUEVAS y JUAN BAUTISTA RAMIREZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.763.942 y V- 9.851.817, respectivamente, ambos de éste domicilio, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Dr. "Manuel Guanipa", Municipio Baralt del Estado Zulia, en fecha 14 de Febrero de 1.987, quedando inserta bajo el N° 10, en uno de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho. SEGUNDO: Por cuanto la presente Sentencia declara un nuevo Estado Civil, se ordena la publicación de un extracto de ella en un periódico de la localidad, dando cumpli.....