D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONFIRMA la decisión dictada el 8 de julio del corriente año por la abogada Ingrid Gutiérrez Aldana, actuando como Juez Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, mediante la cual declaró INADMISIBLE el presente RECURSO DE AMPARO, intentado por el ciudadano RUBÉN DARÍO GUERRA contra la Defensora Delegada (E) del Pueblo, ciudadana DILGAIN ASTUDILLO. Queda así CONFIRMADA la decisión consultada.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.