En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente con Lugar la demanda de restitución de guarda y custodia, incoada por la ciudadana LISETH DEL CARMEN ARAUJO DE SALAZAR, actuando en representación y beneficio de sus hijas JM, PL y EMSA, contra los ciudadanos EDGAR SALAZAR CANELONES Y MARIA COROMOTO DE SALAZAR, en su condición de padre legítimo y abuela respectivamente, de dichas menores, ambos identificados.
En consecuencia se acuerda a la ciudadana LISETH DEL CARMEN ARAUJO DE SALAZAR La guarda y custodia de las niñas EM y PLSA; y a favor del ciudadano EDGAR COROMOTO SALAZAR CANELONES, la guarda y custodia de la adolescente JMSA; y así se decide.
Se ordena la terapia de los referi.....