Éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos: ERIKA MAYIRE DIAZ ARIAS y FREDDY ERNESTO ROSSI MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.866.558 y V-14.695.283, respectivamente