PRIMERO: El padre entregará a la madre mediante recibo de pago los días 15 de cada mes la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00) y los días 30 de cada mes la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00), mediante recibo de pago. SEGUNDO: En el mes de agosto, el padre se compromete a adquirir uniformes escolares y calzados. La madre se compromete a adquirir útiles escolares. TERCERO: En el mes de diciembre, el padre se compromete a adquirir vestido, calzado y presente navideño para el 24 de diciembre. La madre se compromete a adquirir calzado y vestido para el 31 de diciembre. CUARTO: Se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos de la niña arriba identificado, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes d.....