Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por el Artículo 185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos JESÚS ALBERTO GONZÁLEZ SIERRA y NANCY CLEOTILDE CHIRINOS DE GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.240.655 y V-5.917.296, respectivamente, en relación a la disolución del vinculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante la Prefectura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 8 de marzo de 1982, acta Nº 22, folio 60 frente, Año: 1982, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese.....