DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción interpuesta por los ciudadanos DOMINGO ANTONIO MORILLO, RAMON WALDO GONZÁLEZ MENDEZ y NELSON WILFREDO ACOSTA MENDOZA, contra MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE Y COMUNICACIONES, motivo: cobro por diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. En consecuencia, se le ordena a la demandada pagar a la accionante la cantidad de CIENTO QUINCE MIL, CUATROCIENTOS TRECE BOLÍVARES, CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 115.413,04), repartidos entre los accionantes de la siguiente manera: para el ciudadano DOMINGO ANTONIO MORILLO, la cantidad de TREINTA Y UN MIL, NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN BOLÍVARES, CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 31.951,79); pa.....