DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD, alegada por la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción de reclamación por diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentada por el ciudadano PEDRO ALEJANDRO MOLINA JARAMILLO contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL ESTADO PORTUGUESA.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
CUARTO: Se ordena notificar al Sindico Procurador Municipal de conformidad con lo establecido en el ultimo aparte del artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Publíquese. Regístrese. Déjese.....