DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara INADMISIBLE la acción de amparo cautelar
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
Dictada firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare al primer día (01) del mes de Diciembre del Año 2015. Años. 205º y 156º
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROGIAN ALEXANDER PÉREZ.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
ABG. ROBIER JOHANDRY MÚJICA.
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En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo las _____________.
EL SECRE.....