DECISION:
En virtud de las consideraciones precedentemente señaladas, este Tribunal Superior Segundo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA RECUSACIÓN interpuesta por el ciudadano MARTÍN SEGUNDO VALERO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.666.254, debidamente asistido por el abogado RAMIRO PEDRO TORREALBA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 242.850, contra la ABG. MARVIS MALUENGA DE OSORIO, Juez del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental.
SEGUNDO: INADMISIBLE LA REGULACIÓN DE COMPETENCIA, interpuesta por el ciudadano MARTÍN SEGUNDO VALERO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.666.254, debidamente asistido por el abogado HEIMOLD SUAREZ CRESPO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.126.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artícul.....