DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Jucio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda ordenar la aprehensión inmediata del ciudadano MIGUEL ANGEL FREITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.858.291, domiciliado en la calle 38 con avenida 40 casa N° 1-40. Barrió Bella Vista I, Acarigua, Estado Portuguesa con los órganos correspondientes. Librese lo conducente. Así mismo se DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO, en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en él, todo de conformidad con el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal
El Juez de Juicio N° 3,
Abg. Antulio Ernesto Guilarte Escalona.
La Secretaria
Abg. Sol del Valle Ramos