Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los adolescentes IDENTIFICACION OMITIDA, IDENTIFICACION OMITIDA y IDENTIFICACION OMITIDA, antes identificados, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal cometido en perjuicio de los ciudadanos SAMUEL PARRA, NELLY COROMOTO BAÉZ RAGA, ARGENIS ABDIEL SEGURA JIMÉNEZ, JONATHAN ALMELEC PEÑA CARRILLO, FRANCISCO JOSÉ ARANGUREN SUÁREZ, IVÁN FALCÓN, LISETH DAYANA GONZÁLEZ ADANS Y HUMBERTO JOSÉ CAMACHO NOBILE, a cumplir de manera simultanea por el lapso de dos (02) años, las medidas de: Libertad Asistida, de conformidad a lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y Reglas de Conducta, de conformidad a lo previsto en e.....