DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Unipersonal N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JESUS ANTONIO MENDEZ RIERA (Padre), ya identificado, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRESIDIO por ser el autor responsable de los delitos de SECUESTRO y EXTORSIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, previstos y sancionados en los artículos 462 y 461 en relación con el artículo 80 primer aparte, todos el Código Penal, en concordancia con el Artículo 86 Eiusdem, se ABSUELVE al acusado JESUS ANTONIO MENDEZ RIERA (Padre), como autor del delito de USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el Artículo 264 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, se CONDENA a los acusados SONIA RAMON y JESUS ANTONIO MENDEZ RIERA (hijo), ya identificados, a cumplir la pena de D.....