En consecuencia, revisados los actos procesales y por cuanto este Tribunal, en fecha veinte (20) de febrero del año en curso, ordenó remitir al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, el presente exhorto, este Juzgador, NIEGA lo solicitado por el abogado, Douglas Javier Panza, antes identificado, por exceder límites de la comisión y ordena ratificar el oficio Nº 97-18, dirigido al Juzgado antes señalado, a los fines legales consiguientes. Así se decide.-