En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la falta de cualidad opuesta por las co-demandadas REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A y SMURFIT CARTON DE VENEZUELA S.A y SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSE RAMON COLMENAREZ, titular de la cedula de identidad Nro. 16.208.992 contra las sociedades mercantiles REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A, SMURFIT CARTON DE VENEZUELA S.A y MECANICA FORESTAL MEFORCA C.A.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Por.....