DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Declaró con lugar lo peticionado por la Fiscal V del Ministerio Público y por la defensa pública, en consecuencia se prolonga la suspensión del proceso a pruebas por el Lapso de cuatro (04) meses adicionales, en la causa seguida al adolescente (Identidad omitida por razones de Ley), a quien se le instruye por la comisión del delito de resistencia a la autoridad, previsto en el articulo 218 del Código Penal, en perjuicio el Estado venezolano, contados a partir del día de hoy, venciendo el día 07-09-2013, debiendo consignar el mencionado adolescente la constancia de estudios a que haya lugar.
SEGUNDO: Una vez cump.....