DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por la Comisión del delito de USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 114 en relación con el articulo 3 numeral 23 ambos establecidos en la ley para el Desarme y control de Armas y Municiones, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la sanción de Amonestación, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de Un (01) año, medida ésta impuesta tomando en cuenta las pautas establecidas en el articulo 622 de la citada Ley. Se acuerda el c.....