DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Incumplimiento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana YULIMAR BENITA HERNANDEZ LOPEZ en nombre de la niña (identificación omitida por disposición de la Ley) , contra el ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ. En consecuencia el demandado ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ, cancelará la cantidad de CINCO MIL CIEN BOLIVARES (Bs 5.100,00) correspondientes a las obligaciones de manutención adeudadas desde el mes de marzo del año 2011 hasta el mes de mayo del año 2012. El dinero deberá ser entregado directamente a la ciudadana YULIMAR BENITA HERNANDEZ LOPEZ, previo recibo firmado. Y Así se decide.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firma.....