DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden este Tribunal de Control, Audiencias y Medidas N° 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La ley, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: La extinción de la acción penal a favor del ciudadano YORBI RAMÓN CASTELLANOS VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-16.138.751, mayor de edad, quien puede ser ubicado en la Vía Las Veritas, El Jayo, calle Cristóbal Colón, Barquisimeto, Estado Lara. Notifíquese a las partes a los fines que ejerza los recursos a que hayan lugar. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara a los fines de su conservación. CUMPLASE.-
JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS N° 1
ABOGADO MARCO ANTONIO MEDINA SALAS
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