En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar, la inhibición formulada por la Abogada Beatriz de Jesús Ortiz, Jueza del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Publíquese, regístrese y remítase copia certificada de esta decisión al Tribunal de cognición y al Tribunal Distribuidor, Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare de este mismo Circuito Judicial del Estado Portuguesa, a los fines legales pertinentes.