Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Revisión de Obligación Alimentaría solicitada por la ciudadana: Dinosca Mayela Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.332.503, en nombre y representación de su hija XXXXXXXX XXXXXXXX, contra el ciudadano: Freddy Alexander Benavides, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.293.078 y fija la cantidad de ciento cincuenta mil bolívares (Bs.150.000,00) mensuales, y el doble de la cantidad es decir trescientos mil bolívares (Bs.300.000,00) en los meses de septiembre y diciembre, más medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Banfoandes en la cuenta de ahorro N° 0007-0106-87-0010000088, a nombre de la ciudadana.....