DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley. DECLARA: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de cumplimiento de contrato y daños y perjuicios, incoada por la ciudadana Norielvys Coromoto Mejias contra los ciudadanos María Josefa Cabeza de García y Delio Antonio García. En consecuencia, se le condena a pagar la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 800.000,00) o OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bf. 800,00) por concepto de daños emergentes que realizó la actora en relación a canon de arrendamiento desde los meses noviembre y diciembre del 2006 y enero y febrero del 2007, razón de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) o DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bf. 200,00) cada mes. 2) IMPROCEDENTE LOS DEMÁS DAÑOS, emergente, lucro cesante y mora.....