DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de cobro por diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales seguida por la ciudadana MARÍA ILSE DURAN GRATEROL, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA AGRICULTURA Y TIERRA, en consecuencia se ordena al ente demandado pagar a la accionante la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE BOLÍVARES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 42.937,70) más la indexación e intereses de mora en los términos expuestos en la motiva.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por los privilegios y prerrogativas que goza el ente demandado.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procu.....