DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a PAUSIDES ANTONIO MARA MARA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal. Líbrese la boleta de libertad plena el mismo de encuentra recluido en el la Penitenciaria General de Venezuela San Juan de los Morros Estado Guarico
Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Penado.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese