Recibida como ha sido la presente causa, seguida contra el ciudadano GUSTAVO RAMÓN GUDIÑO GAMBOA, venezolano, natural de Boconó Estado Trujillo, nacido el 31 de Octubre del año 1.979, de 30 años de edad, soltero, identificado con cédula N° 15.589.880, residenciado en el caserío Saguaz, calle principal, casa sin número del Estado Portuguesa; por la comisión del delito de Homicidio Intencional en grado de Frustración , previstos y sancionados en el artículos 405 del Código Penal, procedente del Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 de esta sede judicial y observándose que a los fines de la Ejecución la sentencia ésta es de naturaleza absolutoria; por lo que es procedente el archivo definitivo de la presente causa previa la destrucción de las evidencias relacionadas con: 1.- un arma blanca tipo machete, constituido con una hoja metálica de corte de 44 centímetros de longitud por 5 centímetros de ancho en sus partes; 2.- Un cuchillo constituido por una hoj.....