D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara QUE NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR respecto al auto de fecha 11 de marzo del 2002 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO) intentado por el FONDO PARA EL FOMENTO Y PROMOCION DE LA ARTESANIA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (FUNDAPYME) contra la FABRICA DE IMPLEMENTOS Y REPUESTOS AGRICOLAS, C.A (FIRACA) y JORGE MIR GASTON, todos identificados en autos.
De conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisión, líbrense boletas de notificación y entréguesele al Alguacil y conforme al 248 ejusdem, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al .....