Por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, el pedimento de salida transitoria, interpuesta por el ciudadano YORBIN MANUEL RODRÍGUEZ PINEDA, ya identificado, por considerarse que cumple con los extremos previstos en el artículo 62, literal a de la Ley de Régimen Penitenciario.
Regístrese, notifíquese, déjese copia, remitiéndose la boleta con oficio al Centro de Reclusión; ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución N° 1
Abg. Dulce María Duran Díaz
La Secretaria
Abg. Davinnia Miranda La Riva