En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
Punto Previo: Sin Lugar la excepción opuesta por la defensa.
PRIMERO: Abrir Juicio Oral y Público al Acusado RICHARD DANIEL FLORES DURAN, cédula de identidad N° V-14.825.856, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 06.12.78, de 32 años de edad, Venezolano, soltero, de Ocupación buhonero, hijo de Miguel Flores y María Duran, residenciado Calle 6 con carrera 1 y 2, San Jacinto, Frente al Modulo Policial, Casa S/N, color de la casa azul, Tlf. 0251-2734528,, por la presunta comisión del delito HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 Ordinal 8º del Código Penal.
SEGUNDO: Mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a tenor de lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Pen.....