DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: Any Carolina Morón Jiménez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.251.820, en representación de su hija xx n, de siete (7) años de edad, contra el ciudadano: Rafael José Fernández Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.139.776 y fija la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs.250,00) mensuales y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año, más medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bicentenario en una cuenta de ahorro que será aperturada por la ciudadana: Any Carolina Morón Jiménez.
Regístrese y publí.....