DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCION DE LA ACCIÓN, alegada por la representación judicial de la demandada DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana ANNY JAQUELINE PEREZ VENEGAS contra la DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO PORTUGUESA, motivo: cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales; en consecuencia, se le ordena a la demandada pagar la cantidad de CIENTO CINCO MIL, OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES, CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 105.850,70), monto que ha de ser repartido en partes igual entre los dos herederos del de cujus Julios César Pérez, es decir, los ciudadanos ANNY JACQUELINE PÉREZ VE.....