Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre los abogados ALEXIS BRAVO LEON inscrito en el IPSA bajo el Nº 77.229 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JOSE GREGORIO BRAVO LEON, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.416.046 y de este domicilio y el ciudadano JUAN CARLOS CUESTA, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 41.211 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil LABORATORIOS VALMOR C.A, sociedad mercantil inscrita ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Estado Mérida, en fecha 19 de enero de 1.959, bajo el N° 1, Tomo 1, folios 01 al 04. Las partes de mutuo acuerdo convinieron en: La e.....