En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial el Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la pretensión de cobro de bolívares por intimación incoada por la ciudadana LILIBETH COROMOTO PORRAS MEJIAS, contra la ciudadana DAIFRAN MILAGROS SULBARAN VIERA, ambas identificadas.
En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar a la actora la suma de Setecientos Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Veinte Bolívares Fuertes (Bs. 758.520,oo) que es el valor indexado a capital de los referidos efectos de comercio y la cantidad de Cuarenta y Tres Mil Doscientos Noventa y Ocho con Sesenta Céntimos (Bs. 43.298,60), que son los intereses moratorios devengados por dicha deuda mercantil, ambos conceptos calculados hasta la presente fecha.
Se declara parcialmente con lugar la apelación f.....