De las declaraciones rendidas ante este Tribunal, por los ciudadanos LEZAMA DIAZ CARMEN ZORAIDA , titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.843.043 y VIERA MOLINA LANDRITH DESSIREE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.702.143, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y de este domicilio, puede observar, quien juzga, que fueron contestes a los hechos manifestados por el solicitante, en consecuencia, al no haber habido oposición de terceros, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turen, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, todas las diligencias realizadas por la ciudadana : EUKARIS ADRIANA MARTINEZ, bastantes y suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión .....