SEGUNDO
Por la citadas motivaciones. Este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL en la causa instruida contra el ciudadano Canelones Ramos Feliciano, identificado con cédula N 7.656.634, venezolano, soltero, albañil, natural de la Guanarito, Estado Portuguesa, nacido en fecha -06-08-1.954, por haberse extinguido la pena al concedérsele la gracia del Indulto Presidencial, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 104 único aparte del Código Penal, en Concordancia con el Ordinal 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente causa al archivo Judicial en su oportunidad legal.
El Juez de Ejecución N° 1.
Abg. Rafael Clemente Mújica Gimenez
El Secretaria,
Abg. Luis jo.....