III
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA en el presente juicio de tercería, incoado por INVERSIONES AGUAL´ACQUA, C.A Y CONSORCIO FUTURAGRO, C.A, a través de su apoderado judicial, Abg. JUAN MIGUEL LOBATON, en contra de los ciudadanos ALESSIO POZZOBON SANTÍN Y ELIZABETTA DE LEO DE LI CALZI. Así se decide.-
Archívese el expediente una vez vencidos los lapsos de Ley.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.- Acarigua, a los Ocho días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciséis.....