este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA FIJACION DEL REGIMEN DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana MARYURY LILIANA CONTRERAS ROJAS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.773.968, y de este domicilio, a favor de su hijo : (Se omite de conformidad con el artículo 65 de la L.O.P.N.N.A), en contra del ODIN ANIBAL LIÑAYO RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.908.189, de este domicilio, en tal sentido, se condena a un régimen de obligación de manutención, al ciudadano ODIN ANIBAL LIÑAYO RIVERO, ya identificado, se fija judicialmente como pensión mensual de manutención, la cantidad equivalente al Treinta y Cinco por Ciento (35%), del salario mínimo vigente, porcentaje éste que debe ir ajustándose a los distintos aumentos del salario mínimo que en el futuro decrete el Ejecutivo Nacional. Por otra parte, el obl.....