Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA, al ciudadano Muñoz José Toribio, venezolano, natural de Sabana de Parra Estado Lara, soltero, obrero, hijo de María Felicia Mújica y José Marco Muñoz, titular de la cédula de identidad N° V-13.354.725, domiciliado en la vía Las Tunas, Romeral 02, Centro de Rehabilitación Cristiana, UPA, vía Duaca KM 11, Barquisimeto Estado Lara, por cumplimiento de la misma, por los delitos de Robo Agravado y Violación previstos y sancionados en los artículos 460 y 375 encabezamiento del Código Penal derogado, en perjuicio de los ciudadanos Castillo Gloria Coromoto, Luís Ramón Medina, Luís González Soto y Domingo Antonio Polanco Villegas, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico P.....