Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 08/05/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio
Paginas 1 [Total de sentencias: 1] Página 1 de 1
N° Expediente : PP01-L-2005-000123 N° Sentencia : Fecha: 08/05/2006
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
DTE: ANTONIO HERNÁNDEZ TORRES. DDA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO PORTUGUESA.
Resumen:
DISPOSITIVA Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por Reclamación de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales intentada por el ciudadano Antonio Hernández Torres, contra la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Portuguesa. En consecuencia se ordena pagar a la empresa demandada al actor Antonio Hernández Torres por los siguientes conceptos: Por prestación de antigüedad la cantidad de Cuatro Millones Quinientos Nueve Mil Catorce Bolívares Con Cuarenta Céntimos (Bs. 4.509.014,40), por intereses de prestación de antigüedad la cantidad de Seiscientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Veinticuatro Bolívares con Ochenta Céntimos (Bs. 655.624,80), por vacaciones no disfrutadas, su fracción y bono vacacional o p.....
Juez/Ponente:
Reina Briceño
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados