DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano LEANDRO JOSE PEROZO GOTOPO, de nacionalidad venezolana, de 51 años de edad, fecha de nacimiento 27/02/21.961, natural del Estado Lara, titular de la cedula de identidad Nº 9.563.422, de estado Civil Soltero, hijo de Aquilina Gotopo (F) y Rafael Perozo (F) y residenciado en el Caserío Quebrada de la Virgen de Coromoto, Barrio Barrancones, Sector Los Claveles, Casa S/N, Municipio Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Vivir una Vida Libre de Violencias; todo de conformidad con el artículo 479, ordinal 1º, 493 y 494 del Có.....