En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el primer aparte del artículo 164 del Código Orgánico Procesal, declara IMPROCEDENTE la constitución de tribunal en unipersonal, incoado por la Abogada ROSA EMILIA CORTES, IPSA 140840, con el carácter de defensora privada del ciudadano acusado GABRIEL JESUS SILVA ESCALONA, a quien se procesa por la presunta comisión del delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 357, último aparte, del Código Penal, por no constar las resultas de las "notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuarán como escabinos o escabinas"