VI
DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y Por Autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadana YURIS MARIA GONZÁLEZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.882.758; representada judicialmente por los Abogados YALIDA MARITZA SILVA y JULIO RAMÓN FIGUEREDO, inscritos en el Inpreabogado con los Nros. 134.063 y 14.977, respectivamente. Y Así se Decide.-
Segundo: SE CONFIRMA Sentencia definitiva de fecha 09 de Marzo de 2012 proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa- sede Guanare. Y Así se Decide.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Déjese transcurrir el lapso previsto en el Artículo 489-B de.....